División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 00000
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04373
5 de mayo, 2003
FOE-FEC-268
Señor
Oscar Avila Solé
Secretario Junta Directiva
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Se remite copia del oficio Nro. AQB-096-2003 de BANCOOP para que la Junta Directiva se pronuncie sobre los hechos que contiene dicho memorial.
Con la finalidad de que lo haga de conocimiento de la Junta Directiva, nos permitimos comunicarles que esta Contraloría General recibió el oficio Nro. AQB-096-2003 de fecha 4 de abril del 2003, suscrito por el MBA. Bernardo Alfaro Araya, Presidente de la Junta Liquidadora de BANCOOP y otros, en donde nos manifiestan, entre otras consideraciones, lo siguiente:
"El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo representa en estos momentos el acreedor-deudor más grande dentro de esta liquidación. Resulta entonces frustrante para la Junta Liquidadora, que después de una serie de planteamientos hechos a través de un sinnúmero de reuniones y cartas, hasta el momento no ha sido posible consolidar alguna negociación que minimice el perjuicio que hasta ahora sufre esa institución; situación que a nuestro juicio cada día se agrava y que obedece a una falta de interés por parte de los órganos administrativos y directores de INFOCOOP.
(...)
Si se consideran los argumentos expuestos por la Junta Liquidadora para rechazar las pretensiones originales de INFOCOOP, definitivamente hay asidero legal y contable para que la resolución salga a favor del proceso de quiebra; por tanto, el perjuicio económico sufrido por esa entidad, se sustentará en una política que se considera negligente por decisiones que se pudieron haber tomado con base en los hechos y nuestras proposiciones (...)".
En virtud de lo anterior, ...
Fecha publicación: 05/05/2003
Fecha emisión: 02/05/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03763
10 de abril, 2003
FOE-FEC-217
Licenciado
Rolando Barrantes Muñoz
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Resolución del Juzgado de Trabajo, del segundo Circuito Judicial de San José, respecto al Proceso No. 94-000310-0213-LA, promovido por Gerardo Alfaro Portuguez contra el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Mediante nota del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, de fecha 26 de marzo y recibida en esta oficina el 3 de abril del año en curso, suscrita por la Jueza Licda. Adriana Chacón Catalán, hemos sido comunicados de la resolución del mencionado Juzgado de Trabajo en relación con el proceso por Ordinario Laboral No. 94-000310-0213-LA, promovido por Gerardo Alfaro Portuguez contra el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 77 y 78 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa No.3667, le informamos que a partir del 3 de abril y hasta el 3 de julio del 2003, se extiende el plazo para que incluyan en el presupuesto la suma de ¢1,171,510.00 (un millón ciento setenta y un mil quinientos diez colones) para darle contenido a esa obligación. En caso de que en el presupuesto del ejercicio económico vigente se hayan aprobado recursos para atender esos gastos, deberán informarnos el monto, la subpartida y el programa en el que se encuentran.
De no cumplirse con la anterior disposición, no se tramitarán los documentos que se presenten ante esta Contraloría General después de la última fecha indicada.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Area
APB/gcc
ci
Juzgado de Trabajo, II Circuito Judicial de San José
Departamento de Finanzas INFOCOOP
Archivo Central (2)
Expediente
Ni:
6159
Juicios
] ...
Fecha publicación: 12/04/2003
Fecha emisión: 09/04/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: JUICIOS
Proceso: TRAMITE DE MANDAMIENTOS DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA SOBRE CONDENATORIA DE SUMAS LIQUIDAS CONTRA LAS ENTIDADES PUBLICAS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
Al No. 2794
20 de marzo, 2003
DAGJ-343-2003
Licenciado
Rolando Barrantes Muñoz
Director Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza la compra directa de un terreno adyacente a INFOCOOP, de 539 metros cuadrado, y pertenecientes a Inversiones ZUKILY, S.A. para ubicar allí el parqueo, el archivo, entre otros. El valor lo debe determinar un avalúo administrativo.
Damos respuesta a su oficio D.E. 470-2003, del 13 de marzo pasado, recibida el 18 de este mismo mes; en él nos expone, para efectos de autorización, lo siguiente:
I.
Antecedentes
a) Al amparo de lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa, solicita autorización para comprar directamente un terreno adyacente al edificio donde se ubica la institución.
b) Informa que el INFOCOOP está entre las avenidas 5 y 7, calle 20 norte de San José; zona de ubicación altamente insegura. Por esto, constantemente se reciben quejas de los usuarios y visitantes de la administración, de los propios funcionarios, por la no disposición de una zona de parqueo que permita la seguridad de los vehículos, pues con frecuencia, son tachados y rayados. Asimismo, no se cuenta con espacio para ubicar el archivo central, la soda, bodega y centro de cómputo.
c) Así, la institución se ha visto en la necesidad de contar con mayor terreno a fin de solucionar en gran parte la problemática del parqueo, entre otros, para aprovechar de una mejor manera el área. En ese sentido, se realizó un análisis de las propiedades adyacentes y, al final, se determinó como única posibilidad la adquisición de un terreno contiguo con un área de 539 metros cuadrados, cuyos dueños (Inversiones ZUKILY, S.A.) están dispuestos a vender por un precio de $79.550,00., (unos ¢30.739.711,00) más los gastos legales. Por otro lado, según avalúo realizado por el arquitecto Santiago Baizán, el valor del inmueble en el mes ...
Fecha publicación: 23/03/2003
Fecha emisión: 20/03/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02422
12 de marzo, 2003
FOE-FEC-156
Licenciado
Rolando Barrantes Muñoz
Director Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Aprobación parcial de la modificación presupuestaria externa Nro. 2-2003.
Con la aprobación parcial de la Contraloría General de la República le remitimos la modificación externa Nro. 2 al presupuesto vigente de ese Instituto.
1. Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
2. Se imprueba el refuerzo en la subpartida “Complemento salarial (Extraescala)” propuesto en el Programa Cooperativo, por cuanto no se remitió ninguna justificación sobre el gasto que se pretende cargar a ella. Asimismo, debe tenerse presente que como consecuencia de la implantación de un nuevo manual de puestos y la cancelación de prestaciones legales a los funcionarios que dejen de laborar para la institución y a los que eventualmente vean disminuidos sus salarios totales por una reubicación en un puesto de menor valoración, este tipo de gastos deben desaparecer, por cuanto el salario base de todos los funcionarios, debe quedar correctamente ubicado en una categoría de la escala salarial que se implanta con el nuevo manual.
3. La suma correspondiente a la improbación indicada debe ser trasladada a la subpartida de fondos sin asignación presupuestaria, y reflejarse así en los informes de ejecución del presupuesto.
4. Para las plazas de “Asesor Técnico Social” y “Técnico en Sistemas” se aprueba un salario base mensual de ¢238.335.00 y ¢195,550.00 respectivamente, en vista que según lo informado por la señora Jefe del Departamento de Recursos Humanos de esa Entidad, por error al elaborar la relación de puestos se consignaron salarios superiores a los que les corresponde. Asimismo, el salar ...
Fecha publicación: 15/03/2003
Fecha emisión: 12/03/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: APROBACIONES PRESUPUESTARIAS (HISTÓRICO)
Proceso: ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02196
6 de marzo, 2003
FOE-FEC-142
Licenciado
Rolando Barrantes Muñoz
Director Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Aprobación de la modificación presupuestaria externa Nro. 1-2003 del INFOCOOP.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República le remitimos la modificación externa Nro. 1 al presupuesto vigente de ese Instituto.
1. Sobre el particular nos permitimos indicarle lo siguiente:
2. La aprobación de este documento, se refiere únicamente a la incorporación del contenido presupuestario para la cancelación de las prestaciones legales que puedan generarse por las medidas de reestructuración organizacional adoptadas por esa Administración. La procedencia jurídica de la disminución salarial o la separación de funcionarios, en cada caso particular, así como el correcto cálculo y pago de las sumas correspondientes a prestaciones legales, son de exclusiva responsabilidad de la Administración.
3. En caso de que para la cancelación de las prestaciones legales se aplique lo dispuesto en el inciso f) del artículo 37 del Estatuto de Servicio Civil, deberán establecer los mecanismos de control necesarios para garantizar que ante una eventual reincorporación a la Administración Pública por parte del funcionario separado sin haber transcurrido la cantidad de meses que se le canceló como indemnización por el despido, se realice el reintegro a las arcas institucionales, de aquellas sumas pagadas en exceso a lo que en realidad le corresponde por el tiempo que efectivamente quedó cesante de la Administración Pública.
./.
4. Dado que existe la posibilidad de que algunos funcionarios permanezcan en la institución, ocupando puestos con una asignación salarial inferior a la del pues ...
Fecha publicación: 09/03/2003
Fecha emisión: 06/03/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: APROBACIONES PRESUPUESTARIAS (HISTÓRICO)
Proceso: ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1912
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economia y Comercio
28 de febrero, 2003
FOE-FEC-124
Señor
Elías Calderón Monge
Presidente Junta Directiva
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Cumplimiento de disposición contenida en el informe Nro.DFOE-FEC-44/2002 sobre los resultados del estudio del presupuesto ordinario del 2003 del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Se ha recibido su misiva SGJ-003-03, así como el oficio D.E.-064-2003 suscrito por el Director Ejecutivo de ese Instituto, mediante la cual dan cumplimiento a la disposición del punto Nro. 4.1 inciso f) del informe DFOE-FEC-44/2002 supracitado.
Al respecto, se le indica que se nos debe mantener informados sobre el cumplimiento de lo dispuesto por ese órgano colegiado, en atención a las referidas disposiciones contenidas en el informe de marras.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Área
MBS/gcc
ci
Auditoría Interna, INFOCOOP
Archivo Central (2)
Expediente
Ni:
747, 1175, 1265
CT:
236
Cumplimiento de disposiciones
] ...
Fecha publicación: 03/03/2003
Fecha emisión: 28/02/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: OFICIOS CON DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES
Proceso: SEGUIMIENTO DE DISPOSICIONES
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01911
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio
28 de febrero, 2003
FOE-FEC-123
Licenciado
Rolando Barrantes Muñoz
Director Ejecutivo
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Estimado señor:
Asunto:
Cumplimiento parcial de las disposiciones contenidas en el punto 4.2 del Informe DFOE-FEC-44/2002 sobre los resultados del estudio del presupuesto ordinario del 2003 del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Se han recibido sus misivas Nro. D.E. 067 y D.E. 169-2003, mediante las cuales remite información referente a las disposiciones contenidas en los puntos Nro. 4.1 y 4.2 del informe DFOE-FEC-44/2002 precitado.
Sobre el particular se le indica:
1. Con fundamento en lo señalado en el artículo Nro. 86 de la ley Nro. 8343 (Ley de Contingencia Fiscal), la cual exonera al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo del límite del gasto para el período 2003, se deja sin efecto la improbación señalada en el punto 2.1.1 inciso a) del informe que nos ocupa, y a su vez, se elimina el inciso a) del punto 4.2.
2. Se da por cumplido con la disposición del punto 4.2 inciso f) del informe citado.
3. Una vez que sea remitido el primer informe de ejecución presupuestaria del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se verificará el cumplimiento de lo dispuesto en los incisos b) y c) del punto Nro. 4.2 del informe 44/2002 de repetida cita, y se comunicará lo correspondiente.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Area
MBS/gcc
ci
Junta Directiva, INFOCOOP
Auditoría Interna, INFOCOOP
Archivo Central (2)
Expediente
Ni:
1263, 2900
CT:
236
Cumplimiento de disposiciones
] ...
Fecha publicación: 03/03/2003
Fecha emisión: 28/02/2003
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: OFICIOS CON DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES
Proceso: SEGUIMIENTO DE DISPOSICIONES